miércoles, 29 de abril de 2009

ARTÍCULO 1. Evaluación de los estudiantes. La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes ámbitos:
1. Internacional. El Estado promoverá la participación de los estudiantes del país en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales.
2. Nacional. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES, realizarán pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos.
3. Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.

ARTÍCULO 2. Objeto del decreto. El presente decreto reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos.

ARTÍCULO 3. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
4. Determinar la promoción de estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

ARTÍCULO 4. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. El sistema de evaluación institucional de los estudiantes que hace parte del proyecto educativo institucional debe contener:

1. Los criterios de evaluación y promoción.
2. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia
3. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
4. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes
5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.
6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes.

8. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.
9. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación.
10. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres
11. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional

ARTICULO 5. Escala de valoración nacional: Cada establecimiento educativo definirá y adoptará su escala de valoración de los desempeños de los estudiantes en su sistema de evaluación, cada escala deberá expresar su equivalencia con la escala de valoración nacional:
• Desempeño Superior
• Desempeño Alto
• Desempeño Básico
• Desempeño Bajo


ARTÍCULO 6. Promoción escolar. Cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante.


ARTÍCULO 7. Promoción anticipada de grado. Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el registro escolar.
.ARTÍCULO 8: aprobar el sistema institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo y consignación en el acta.incorporar el sistema institucional de evaluación en el proyecto educativo institucional, articulando a las necesidades de los estudiantes.



ARTÍCULO 9: orientar y acompañar a las secretarias de educación del país en la implementación del presente decreto.



ARTÍCULO 10: analizar los resultados de las pruebas externas de los establecimientos educativos de su jurisdicción y contrastarlos con los resultados de las evaluaciones.



ARTICULO 11: presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se encuentran matriculados en los grados evaluados,y colaborar con este en los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas.



ARTÍCULO 12: conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos y promoción desde el inicio del año escolar.



ARTICULO 13:cumplir con los compromisos académicos y de convivencia, cumplir las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades definidos por el establecimiento educativo.

ARTICULO #14: derechos de los padres de familia es tener un buen desempeño con su hijo desde el inicio escolar y estar enterado del seguimiento de su hijo



ARTICULO #15: estar al orden del DIA con las notas de sus hijos evaluaciones y compromiso y tener buena relación con ellos para que su desempeño sea mejor en el colegio



ARTICULO #16: todos los establecimientos educativos deben tener un proceso actualizado por cada estudiante en donde conste las mejorías y fallas de este sujeto



ARTICULO #17: por petición de los padres los establecimientos deben tener constancia de desempeño de desempeño de cada año cursado los cuales son considerados los informes de periodo



ARTICULO #18: todos los estudiantes al terminar la educación media y al cumplir los requisitos adoptados `por el establecimiento educativo recibirán un titulo de bachiller académico o técnico



ARTICULO #19: para todos los establecimientos serán ya por ley que los decretos 203, 205 y 202 será determinados para admitir los retos propuestos de cada establecimiento estos será una mejora de leyes para los establecimientos educativos y un mejor desarrollo para los estudiantes


GAE 1: VANESA ZULUAGA, VIVIANA VELEZ, KATHERINE ALVAREZ