miércoles, 29 de abril de 2009

Articulo 9

RESPONSABILIDADES DEL MINISTERIO DE LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY:
1. Publicar información clara y oportuna sobre los resultados de las pruebas externas
2. Expedir y actualizar orientaciones para la implementación del sistema
3. Orientar y acompañar a las secretarias de educación del país
4. Evaluar la efectividad de los diferentes sistemas institucionales

Articulo 10
RESPONSABILIDADES DE EDUCACION DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES CERTIFICADAS:
En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley debe.
1. Analizar los resultados de las pruebas externas de los establecimientos educativos
2. Orientar, acompañar y realizar seguimientos a los establecimientos
3. Trabajar en equipos con los directivos decentes de los establecimientos educativos
4. Resolver las reclamaciones que se presente con respeto a la movilidad de los estudiantes
ARTICULO 11
RESPONSABILIDAD DEL ESTABLESIMIENTO EDUCATIVO:
Cumplimiento de las funciones establecidas en la ley

1. definir, adoptar y divulgar el sistema institucional
2. incorporar el proyecto educativo institucional de los criterios, procesos y procedimientos de evaluación
3. realizar reuniones de docentes y directivos para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes
4. promover y mantener interlocución con los padres y estudiantes
5. crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimientos de los procesos de evaluación
6. atender los requerimientos de los paderes de familia y estudiantes
7. atraves del consejo directivo hacer reclamos que se presenten
8. analizar periódicamente los informes de evaluación
9. presentar a las pruebas censales del icfes la totalidad de los estudiante
Articulo 12
DERECHO DE LOS ESTUDIANTES:
El estudiante para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:
1. ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos
2. conocer el sistema institucional de evaluación delos estudiantes
3. conocer los resultado de los procesos de evaluación
4. recibir asesoría y acompañamiento de los docentes

Articulo 13

DEBERES DEL ESTUDIANTE:
El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo
1. cumplir con los compromisos académicos
2. cumplir con las recomendación y compromisos adquiridos
Articulo 14

DERECHO DE LOS PADRES DE FAMILIA:

En el proceso formativo de sus hijos

1. conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes desde el inicio de año escolar
2. estar en el proceso educativo de los educandos
3. aceptar los informes de periodo
4. recibir oportunamente respuestas de sus inquietudes presentadas sobre las evaluaciones de sus hijos

ARTICULO 15
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:
De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben

1. estos deben participar en todas las estancias que presente la institución educativa
2. estar pendientes del proceso evaluativo de sus hijos
3. analizar los informes evaluativos de los hijos

ARTICULO 16
REGISTRO ESCOLAR:
Los establecimientos educativos, deben llevar un registro actualizado de los estudiantes y que contengan las novedades nuevas de los estudiantes
ARTICULO 17
CONSTANCIAS DE DESAMPEÑO:
El establecimiento educativo debe consignar los resultados de los informes periódicos
Los estudiantes que son promovidos al grado siguiente y se van a otro establecimiento educativo y esta no esta de acuerdo con que sea promovido este proceso debe ser implementado.

ARTICULO 18

GRADUACION:
El estudiante debe haber cumplido con todas las reglas implementadas para poder graduarse como bachiller académico o técnico


ARTICULO 19

VIGENCIA:
Todos los establecimientos educativos deben cumplir con todas las actividades preparatorias para su implementación

Para establecimientos educativos de calendario A el presente decreto rige a partir del primero de enero
De 2010 y para los de calendario B a partir del inicio del año escolar 20092010.
Igualmente deroga
Los decretos 230 y 3055 de 2002 y las demás disposiciones que le sean contrarias a partir de estas
Fechas

LAURA MUNERA, MARCELA RESTREPO Y ELIZABETH PAMPLONA